Impuestos de las criptomonedas en España: lo básico que debes saber
Comprar cripto no tributa, pero vender, cambiar una por otra o pagar con ella sí puede hacerlo. Te explico los conceptos básicos para que la renta no te pille por sorpresa.

Mucha gente empieza en cripto pensando que Hacienda no se entera o que solo hay que declarar cuando pasas el dinero al banco. Las dos ideas son peligrosas. En España, las criptomonedas tienen un tratamiento fiscal concreto y los exchanges que operan en Europa cada vez comparten más información con las autoridades.
Este artículo es una introducción para entender los conceptos. No sustituye a un asesor fiscal: la normativa cambia, tu caso puede tener matices y los tipos y umbrales concretos debes comprobarlos en la web de la Agencia Tributaria (AEAT) del año que declares.
Cuándo se genera un hecho imponible
La idea clave: lo que tributa no es tener cripto, sino materializar una ganancia o una pérdida. Para una persona física que invierte por su cuenta, en general se trata como una ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF. Estas son las situaciones habituales:
- Comprar cripto con euros: por sí solo no genera impuesto. Es el momento en que fijas tu precio de compra.
- Vender cripto por euros: generas una ganancia o pérdida (precio de venta menos precio de compra, con sus comisiones).
- Cambiar una cripto por otra (por ejemplo, SOL por un token): Hacienda lo considera una permuta. Aunque no hayas tocado euros, cuenta como si vendieras la primera al valor de mercado de ese momento.
- Pagar un bien o servicio con cripto: también es una transmisión y puede generar ganancia o pérdida.
- Pasar cripto entre wallets tuyas: no es una venta. Pero guarda pruebas de que ambas son tuyas.
Consejo: El punto que más sorprende: si haces muchos swaps entre tokens en una DEX, cada uno es una operación con resultado fiscal. Quien opera memecoins a diario puede acumular cientos de operaciones al año.
Otros ingresos: staking, airdrops y recompensas
No todo lo que recibes en cripto es una compraventa. Las recompensas de staking, ciertos airdrops o los pagos por trabajo pueden tener otra calificación fiscal (rendimientos del capital mobiliario, ganancias no derivadas de transmisiones o rendimientos del trabajo, según el caso). Es un terreno con criterios que se han ido aclarando con el tiempo, así que aquí es donde más sentido tiene consultar a un profesional.
Cómo se calcula la ganancia
- Precio de adquisición: lo que pagaste, incluidas las comisiones de compra.
- Valor de transmisión: lo que obtuviste al vender o cambiar, menos las comisiones de venta.
- Método FIFO: si compraste la misma cripto varias veces a precios distintos, se entiende que vendes primero las unidades más antiguas.
- Compensación: las pérdidas pueden compensar ganancias dentro de ciertos límites y plazos que fija la ley.
Las ganancias patrimoniales por transmisión se integran en la base del ahorro, que tributa por tramos progresivos: cuanto más ganas, mayor es el tipo del tramo más alto. Consulta los tramos vigentes en la AEAT, porque se han modificado en distintos años.
Declaraciones informativas que conviene conocer
- Declaración de la renta (IRPF): donde se reflejan las ganancias y pérdidas del año.
- Modelo 721: declaración informativa sobre monedas virtuales custodiadas en el extranjero cuando superan determinado importe a 31 de diciembre.
- Impuesto sobre el Patrimonio: aplica a partir de ciertos patrimonios totales, con diferencias según la comunidad autónoma.
Los umbrales, plazos y obligaciones exactos pueden cambiar. Antes de cada campaña, revisa la información oficial o pregunta a un asesor que conozca cripto.
Cómo prepararte durante el año (no en junio)
- Descarga periódicamente el historial de operaciones de cada exchange que uses.
- Apunta las direcciones de tus wallets y qué operaciones hiciste desde cada una.
- Guarda los hashes de las transacciones importantes: con un explorador de bloques puedes demostrar fecha, importe y destino.
- Lleva un registro propio y ordenado. Te lo explico en cómo registrar tus operaciones cripto.
- Si operas mucho on-chain, valora usar una herramienta de cálculo fiscal y revisar sus resultados con un profesional.
El orden también te protege en el día a día: un exchange puede pedirte justificar el origen de los fondos, y tener los datos a mano evita bloqueos. Tiene relación con el KYC y por qué te lo piden.
Errores frecuentes
- Pensar que solo tributa lo que pasas a euros.
- No declarar pérdidas, cuando podrían compensar otras ganancias.
- Perder el historial de un exchange que cierra o te bloquea la cuenta.
- Mezclar wallets personales con wallets de terceros sin poder demostrar de quién es cada una.
Contenido educativo, no es asesoramiento fiscal ni financiero. La normativa tributaria cambia y cada caso es distinto: consulta la información oficial de la AEAT o a un asesor fiscal antes de presentar tu declaración.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar si solo he comprado cripto y no he vendido?
Comprar con euros no genera ganancia ni pérdida. Aun así, pueden existir obligaciones informativas según dónde la tengas custodiada y su valor, así que revisa tu caso.
¿Cambiar una cripto por otra tributa?
Sí. En España se considera una permuta: es como vender la primera a valor de mercado y comprar la segunda, aunque no pases por euros.
¿Puedo compensar pérdidas de cripto?
Las pérdidas patrimoniales pueden compensar ganancias dentro de los límites y plazos que fija la ley. Un asesor te dirá cómo aplicarlo en tu declaración.





